BOP. 187    14/08/2020


Entidad publicadora: AYUNTAMIENTO DE CASTEJÓN DE VALDEJASA

Número de registro: 5608/2020

Materia: Ordenanzas y Reglamentos

Sección sexta

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR UTILIZACIÓN DE LOCALES E INSTALACIONES MUNICIPALES

SECCIÓN SEXTA

Núm. 5608

AYUNTAMIENTO DE CASTEJÓN DE VALDEJASA

En virtud de lo dispuesto en el artículo 17.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y por no haberse presentado reclamaciones dentro del plazo legal conferido al efecto, queda definitivamente aprobada la modificación de los artículo 7 y 8 de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por utilización de locales e instalaciones municipales aprobada provisionalmente por acuerdo de plenario de fecha 7 de marzo de 2020, quedando su redacción definitiva con el tenor literal siguiente: 

«Artículo 7. Se aplicarán las siguientes tarifas:

—Albergue: 100 euros/día.

—Bar piscinas: 100 euros/día.

—Escuelas: 100 euros/día.

—Pabellón: 500 euros/día.

—Mesas y sillas: Por utilización de sillas y mesas se cobrará una fianza de 50 euros, que serán devueltos una vez comprobada la inexistencia de daños en el mobiliario. En caso contrario, será incautada la fianza depositada, debiendo abonarse a su vez el importe del mueble deteriorado, roto, perdido o no devuelto.

Las sillas y mesas no podrán salir del municipio de Castejón de Valdejasa.

Artículo 8. Por causas de interés público o social se podrá eximir del pago de la cuota, de acuerdo con el artículo 92.5 de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas».

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que contra la presente aprobación definitiva cabe interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOPZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y artículo 25 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Castejón de Valdejasa, a 22 de julio de 2020. — El alcalde, Eduardo Luna
Lamarca.

 

 

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